La Jubilación: lo que necesitas saber

La jubilación es un procedimiento administrativo donde una persona deberá abandonar la labor que ejerce o que cumple en una empresa principalmente por motivos de vejez. A su vez, también se considera como un trámite que se puede iniciar o dar a conocer por una u otra situación extraordinaria que le impida a una persona seguir trabajando.

Luego de que una persona se jubila, pasa a recibir por parte de la empresa una remuneración constante, de esta manera podrá lograr solventar sus gastos durante sus últimos años. Este pago que se realiza periódicamente se le conoce como ‘Pensión’. 

Tipos de Jubilación

Sin duda este es un tema que preocupa a toda persona mayor, ya que desde los inicios de su trabajo han ido cotizando lo que será su jubilación, pero resulta que existe un abanico extenso de posibilidades para calcular la misma y que en mucho de los casos se hace complicado. Es por eso que la Seguridad Social da a conocer diferentes tipos de jubilación.

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Jubilación Ordinaria

Esta jubilación se obtiene cuando la persona cumple la edad legal y correspondiente para que su trámite de jubilación se cumpla al pie de la letra. En la actualidad, la edad legal para que una persona sea jubilada es de 65 años, claro está ya habiendo cotizado como mínimo 15 años a la Seguridad Social.

Jubilación Anticipada

Como su nombre lo indica, esta se caracteriza por el adelanto de edad a la jubilación, sin necesidad de respetar lo establecido impuesto por la ley. Existen 6 tipos de jubilación anticipada.

  • Cese Involuntario: Esta se aplica cuando el trabajador haya sido finalizado por diferentes razones. Este podrá acceder a dicha jubilación hasta con 4 años de anticipación, siempre y cuando haya cotizado como mínimo 33 años y a su vez habiendo solicitado un empleo con 6 meses de anticipación previos a la jubilación que solicitó.
  • Cese Voluntario: En caso de que el trabajador decida optar una jubilación voluntaria, deberá de cumplir previamente con varios requisitos. Entre los más importantes de estos se considera de que la persona o el trabajador posea una edad inferior de dos años a la edad legal para su jubilación y también deberá de haber cotizado como mínimo 35 años a la Seguridad Social.
  • Teniendo Condición Mutualista: Todo trabajador que posea una mínima edad de 60 años podrá obtener esta jubilación anticipada, siempre y cuando estén afiliados y posean los requisitos exigidos con respecto al periodo mínimo para la cotización y hecho causante.
  • Sin tener condición Mutualista: En diferencia a la anterior, esta jubilación anticipada la obtendrá todo trabajador que tenga 61 años y que acredite una cotización de 30 años a la Seguridad Social.
  • Actividad profesional: Esta jubilación anticipada la pueden solicitar todas aquellas personas que posean o realicen trabajos forzados, arriesgados, peligrosos, entre otros, que generen altas cifras de mortalidad.
  • Trabajadores que posean alguna discapacidad: Esta jubilación anticipada puede ser aplicada en todas aquellas personas que posean o padezcan de alguna discapacidad.

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Jubilación Parcial

Esta jubilación consiste en que se debe adquirir un porcentaje mínimo de la pensión correspondiente, mientras que la persona o beneficiario trabaje por un tiempo parcial  cobrando un salario por ello, es decir, el trabajador estará consiguiendo doble ganancia por dos entidades sin jubilarse del todo. 

Las condiciones que se necesitan para una jubilación parcial en la actualidad, es que la persona cuente como mínimo en tener 62 años de edad, que ya tenga cotizado con 33 años de anterioridad o que posea 61 años de edad y que ya haya cotizado con 34 años de anticipación.

Independientemente de cuál sea el caso la cotización mínima, se situará siempre en los 33 años y con respecto a la jornada laboral, esta tendrá una reducción mínima de 25% y como máximo de 50%, sin la necesidad de un contrato de relevo.

Jubilación Flexible

Según el Ministerio de Trabajo, para que un trabajador consiga esta jubilación, tiene que decidirse por compatibilizar la pensión, ya una vez causada por un trabajo a tiempo parcial.

Esta se diferencia mucho de la jubilación parcial, ya que se podrá obtener o llevar a cabo cuando el trabajador ya tenga cumplida la edad necesaria e indicada ante la ley y que haya realizado con efectividad el trámite para su jubilación.  

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